Gestación subrogada en California, el destino más demandado de USA

Por Equipo de Babygest
Actualizado el 20/12/2016

California recibe cada a año miles de personas nacionales y extranjeras que buscan iniciar un tratamiento de gestación subrogada. Las ciudades de San Francisco, en el norte de California, y San Diego, en el sur, están entre las más visitadas de USA.

Al ser un Estado pionero en maternidad subrogada, donde se permite la subrogación comercial para todos los modelos de familia, es posible encontrar numerosas agencias y clínicas. De hecho, en este estado se lleva aplicando esta técnica reproductiva desde 1993, cuando se produjo uno de los primeros y más notables juicios sobre determinación de paternidad: el caso de Calvert contra Johnson.

Sin embargo, a pesar de su amplia y conocida trayectoria al respecto, California no cuenta con una ley expresa que regule esta técnica, sino que actúa por jurisprudencia.

¿Cómo se creó jurisprudencia?

La jurisprudencia es el conjunto de sentencias, decisiones o fallos dictados por los tribunales de justicia o las autoridades gubernativas. En gestación subrogada, gracias a los numerosos casos previos que ha habido hasta el día de hoy, se ha creado jurisprudencia y los jueces de California dictan sentencia en favor de los padres de intención.

Uno de los primeros casos fue el de Calvert contra Johnson, en el que la gestante (Anna L. Johnson) reclamaba la maternidad por haber cuidado del bebé en su vientre durante nueve meses. El juez Parslow, del Tribunal Superior del Condado de Orange, otorgó la custodia del bebé a los padres genéticos del mismo, el matrimonio Calvert.

La señora Johnson argumentó que, aunque el óvulo que permitió la concepción del bebé no era suyo, el niño se había unido a ella durante el embarazo y que ella era la que lo había parido. Por esa razón, reclamaba el derecho a compartir la paternidad con los padres genéticos del niño. El juez actuó en base al interés superior del menor, declarando que era mejor para el recién nacido tener dos padres que tres.

Se abrió así el debate entre naturaleza y crianza. Para el juez Parslow, el papel de la genética juega un papel decisivo. Por esta razón, propuso a la Asamblea Legislativa las siguientes pautas en materia de gestación subrogada:

  • Evaluación psicológica de todas las partes
  • Experiencia de la gestante en relación al embarazo y el parto
  • Sólo es posible aplicar este proceso si la futura madre no es capaz de dar a luz

Estas indicaciones no siempre se siguen; de hecho, actualmente en California no es necesario que la futura madre demuestre la incapacidad de dar a luz, aunque sí se realizan evaluaciones psicológicas y se exige que la gestante haya tenido ya a sus propios hijos de forma natural. Además, se permite que la futura madre no sea la que aporte la carga genética.

Otro caso muy conocido y que ayudó a forjar el modo de actuar en California respecto a la gestación subrogada fue el de Buzzanca contra Buzzanca. Lo ocurrido permitió dejar claro que la paternidad en California se adjudica en base a la intención de procreación y no en relación a la aportación de la carga genética o al hecho de haber dado a luz. Puedes encontrar información detallada sobre este caso en particular aquí: El caso Buzzanca contra Buzzanca.

Estas dos historias son los ejemplos más conocidos de los numerosos casos que han permitido establecer las bases de la aplicación de la gestación subrogada en California.

Ventajas de hacer el tratamiento en California

Gracias a la jurisprudencia que se ha ido consolidando durante décadas, a día de hoy California es uno de los Estados más permisivos en cuanto a la gestación subrogada. Llevar a cabo este proceso reproductivo en dicho destino presenta los siguientes beneficios para los padres de intención:

  • Se permite el acceso a todos los modelos de familia, independientemente de su estado civil, orientación sexual o procedencia. Por ello, es el destino estrella para los hombres solteros y las parejas homosexuales.
  • Se permite el uso tanto de óvulos como de semen de donante, ya que la paternidad legal se establece por la intencionalidad de procreación, con independencia de la relación genética que tengan con el niño.
  • La filiación se establece por una sentencia judicial denominada prebirth order, que asigna la paternidad a los padres intencionales antes del nacimiento, garantizando que serán los padres legales del bebé tras el parto y que la gestante y su marido no tienen ningún derecho ni obligación sobre él.

En cualquier caso, teniendo en cuenta que no hay una ley establecida, es importante que queden aclarados en el contrato de gestación subrogada todos los conceptos, derechos y obligaciones de cada una de las partes.

Por otro lado, el Estado español reconoce la filiación establecida por los juez estadounidenses. Por lo tanto, los padres españoles podrán registrar al bebé como hijo suyo en el Consulado español en California presentando la sentencia judicial y el certificado de nacimiento.

Para más información sobre la filiación y otros aspectos a tener en cuenta a la hora de acudir a Estados Unidos para un tratamiento de gestación subrogada, puedes consultar este artículo: Gestación subrogada en Estados Unidos.

Precio

Como ya hemos comentado anteriormente, es un Estado con décadas de experiencia y permite el acceso a este método reproductivo a todo aquél que lo necesite. Por lo tanto, existe una alta demanda, cosa que ha hecho que numerosos centros reproductivos y agencias ofrezcan sus servicios en este Estado.

Además, puesto que en Estados Unidos la sanidad es privada, los tratamientos de por sí ya son caros. Todo ello hace que California sea uno de los destinos más caros de gestación subrogada.

Incluyendo los gastos de los abogados, la agencia, el tratamiento reproductivo y el seguro médico, el precio total difícilmente será inferior a los 160.000€. En general, el coste estimado es de entre 160.000 y 300.000 €. Dependerá del caso en particular, de si se necesita traductor, del número de viajes, del número de intentos contratados, etc. Todo esto puede aumentar los costes.

Si necesitas un tratamiento de gestación subrogada para formar una familia, te recomendamos informarte previamente de los precios para evitar sorpresas a la hora de la verdad. Además, entender el presupuesto es fundamental antes de tomar una decisión.

En este enlace puedes encontrar información sobre los distintos aspectos a tener en cuenta a la hora de calcular un presupuesto: Precios en gestación subrogada.

Preguntas de los usuarios

¿Hay agencias en ciudades como Madrid, Barcelona o Valencia para hacer el tratamiento en una clínica de California?

Por Sara Salgado (embrióloga).

Aquellas personas interesadas en iniciar un tratamiento de subrogación en California pueden contactar directamente con agencias estadounidenses que trabajen en California. La mayoría de agencias y clínicas no tienen sede en España, así que los futuros padres deberán ponerse en contacto directamente con el personal de la sede en California.

¿La madre subrogada se puede quedar con el bebé?

Por Sara Salgado (embrióloga).

Gracias a la jurisprudencia existente en gestación subrogada, lo normal es que los tribunales californianos dicten sentencia en favor de los futuros padres, por lo que serán los padres legales del bebé. Con dicha sentencia queda establecida la filiación, así que la gestante no tiene ningún derecho sobre el bebé.

En este artículo hemos mencionado el caso de Calvert contra Johnson, en el que la gestante reclamaba la maternidad. Puedes echar un vistazo al apartado en el que hablamos de ello: ¿Cómo se creó jurisprudencia?

Si no hay ley, ¿es seguro hacer el vientre de alquiler?

Por Sara Salgado (embrióloga).

No existe una ley expresa que regule la gestación subrogada en California, pero se ha establecido jurisprudencia durante décadas, por lo que los futuros padres no deberían tener ningún problema durante el proceso.

Es muy importante que se determinen los derechos y obligaciones tanto de los futuros padres como de la gestante en el contrato, ya que ante cualquier discrepancia el juez va a tener en cuenta siempre lo establecido en él, el interés superior del menor y lo que dicta la jurisprudencia, es decir, lo establecido por los tribunales a partir de los casos precedentes.

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Bibliografía